Os informamos que se estan recogiendo firmas para presentar una ILP (Iniciativa Legislativa Popular), para la proposición de ley de regulación de la dación del pago, de paralización de desahucios y de alquiler social.
¿Qué buscamos?
Que, ante una ejecución hipotecaria, las personas puedan liquidar su deuda con la entrega de la vivienda y volver a empezar de nuevo. Por tanto, la solución que se propone en la presente Iniciativa Legislativa Popular es hacer de la dación en pago retroactiva la fórmula preferente para la resolución de este conflicto: en el caso de que el bien ejecutado sea la vivienda habitual, su adjudicación por parte de la entidad financiera supondrá el pago de la deuda, extinguiéndose totalmente la misma junto con los intereses y costas. La extinción de la deuda comportará por efecto de la ley la extinción de cualquier tipo de fianza o aval.
¿Cómo lo haremos?
¿Cómo lo haremos?
Hemos impulsado un Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para llevar al Congreso de los Diputados una modificación de la ley hipotecaria. Para ello, necesitamos recoger más de 500.000 firmas antes del 31 de octubre de 2012 en todo el territorio estatal.
¿Qué propone exactamente la ILP?
1. Dación en pago con efectos retroactivos.
Se llama dación en pago al hecho de entregar la vivienda a la entidad financiera con la que se tiene la hipoteca a cambio de quedar libre de toda deuda.
¿Qué propone exactamente la ILP?
1. Dación en pago con efectos retroactivos.
Se llama dación en pago al hecho de entregar la vivienda a la entidad financiera con la que se tiene la hipoteca a cambio de quedar libre de toda deuda.
2. Paralización de los desahucios
Siempre que se trate de la vivienda habitual y el impago del préstamo hipotecario sea debido a motivos ajenos a la propia voluntad.
Siempre que se trate de la vivienda habitual y el impago del préstamo hipotecario sea debido a motivos ajenos a la propia voluntad.
3. Alquiler Social
El ejecutado tendrá derecho a seguir residiendo en la vivienda pagando un alquiler no superior al 30% de sus ingresos mensuales por un período de 5 años.
¿Dónde se firma?
El ejecutado tendrá derecho a seguir residiendo en la vivienda pagando un alquiler no superior al 30% de sus ingresos mensuales por un período de 5 años.
¿Dónde se firma?
Las firmas se recogerán en los pliegos de firmas que habrán sido sellados por la Junta Electoral Central. Cada pliego de firmas debe estar autentificado por un Fedatario.
Cada pliego en castellano contiene 30 firmas. Los pliegos en castellano-catalán, castellano-euskera, y castellano-gallego tienen lugar para 20 firmas.
Cualquier ciudadano podrá firmar en los puntos de recogida de firmas que publicaremos en la sección “dónde firmar”.
Cada pliego en castellano contiene 30 firmas. Los pliegos en castellano-catalán, castellano-euskera, y castellano-gallego tienen lugar para 20 firmas.
Cualquier ciudadano podrá firmar en los puntos de recogida de firmas que publicaremos en la sección “dónde firmar”.
Actualmente estamos configurando el mapa de Oficinas de Coordinación Territorial donde se podrá firmar y obtener toda la información sobre la ILP.
Clica en el logo de la campaña para ver el mapa de oficinas.
¿Cuándo se puede empezar a firmar?
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¿Cuándo se puede empezar a firmar?
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