martes, 26 de mayo de 2015

Calendario Laboral 2015

¿Sabías que...? Permisos Retribuidos y Calendario Laboral
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Conscientes de que la comunicación entre vosotros y nosotros debe ser rápida , concisa , clara y fluida, y más en este tiempo de cambios rápidos y constantes, hemos pensado que nada mejor para ello que la puesta en marcha de nuevos boletines informativos y próximamente una nueva página web, para permitir teneros al día en todo lo que sea de vuestro interés en el ámbito laboral y sindical.
Acuerdo Calendario 2015
En la negociación del calendario laboral del año 2.015 entre el comité y la empresa, se llega al acuerdo de ampliar las fechas de disfrute de los viernes intensivos de 8:00 a 15:00 en todo el año, además se amplían la cantidad de viernes que corresponden a cada trabajador hasta 22, tras muchos años de insistir por parte del comité.

En este acuerdo del calendario laboral se expuso que las condiciones de viernes intensivos se mantendrían durante 3 años sin que el comité vuelta a solicitar ampliarlos, transcurrido este periodo el comité podrá volver a insistir en ampliar la cantidad de viernes a disfrutar por cada trabajador.


¿Cuando los puedo disfrutar?

De manera alterna con el resto de compañeros del departamento para que éste quede con servicios mínimos.
Recordatorio cuestiones calendario laboral y permisos.
Permisos médicos

Ya se acordó a través de reunión entre comité y empresa de 2 de Julio de 2010, los permisos médicos que corresponden, y que tan solo se verán modificados en el apartado de la bolsa de 12 horas, que ha pasado a ser de 18 horas, por medio del último convenio de oficinas y despachos 2012-2014.
Regulación cargas de trabajo

En el acta de reunión del comité con la empresa de 26 de Febrero del 2013, de la cual se hizo un artículo en la web del comité, se comenta el tratamiento de las cargas de trabajo.

En el acta de reunión del comité con la empresa de 7 de Mayo del 2013 en su punto 1 apartado F, se acordó que la jornada de trabajo diaria es la normal marcada en el calendario laboral (8 horas más los minutos correspondientes de cada año).

Así mismo la empresa no obliga a prolongar la jornada más allá del horario establecido.

Día de libre disposición

Como se ha comentado en varias ocasiones y lleva bastante a confusión todavía (ya se publicó en la web del comité también). El convenio de Oficinas y Despachos de Catalunya al que pertenecemos no contempla en la actualidad ningún día de libre disponibilidad.
  
Nuestro Comité
Proximamente nuestra nueva pagina web, os iremos informando con nuestros nuevos boletines informativos que empezamos con muchísima ilusión..

Esperamos vuestra participación activa y deseamos de todo corazón que nos hagáis llegar vuestras sugerencias , y críticas constructivas y preocupaciones para poder mejorar día a día y estar más acertados en la resolución de los problemas que se nos puedan plantear.
Siempre a vuestra disposición.

Web del comité:
http://comitecirsaservicios.blogspot.com.es/

Mails del comité:
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